Ingresos
o recursos públicos y Gastos o erogaciones públicas
Los
recursos se clasifican por rubros que permiten
ordenarlos según la naturaleza de las transacciones que le dan origen.
Ejemplos: Ingresos Tributarios (impuesto a las
ganancias, internos, aranceles de importación, IVA); Ingresos no Tributarios
(regalías, primas, multas); Contribuciones a la Seguridad Social
(contribuciones patronales, ANSES); Ventas de Bienes y Servicios.
Existen significativas cantidades de clasificaciones
de impuestos las cuales pueden resumirse de acuerdo al siguiente detalle:
·
Ordinarios y extraordinarios
·
Reales y personales.
·
Fijos, proporcionales, progresivos y regresivos.
·
Directos e indirectos.
Tasas
Son el medio de financiación de los servicios públicos
divisibles. Son exigidas como contraprestación por un servicio público otorgado individualmente a todos los usuarios efectivos y/o
potenciales. En teoría, el importe de la tasa debe ser proporcional al beneficio recibido y al costo del servicio, y se debe tener
en cuenta la capacidad contributiva del individuo.
Algunos ejemplos son: tasa de migraciones, tasa de escribanía de gobierno, tasa por servicios sanitarios, etc.
Algunos ejemplos son: tasa de migraciones, tasa de escribanía de gobierno, tasa por servicios sanitarios, etc.
Contribuciones especiales
Es una prestación obligatoria en razón de beneficios
individuales o colectivos derivados de obras públicas o actividades especiales
del estado. Algunos ejemplos son: Peajes, Mejoras, Contribuciones Parafiscales,
etc.
El
gasto público son, las erogaciones que realiza el Estado
para comprar bienes y servicios y así atender las necesidades públicas se clasifican en los siguientes rubros:
1.-Administración general.
2.- Defensa.
3.- Seguridad.
4.- Salud.
5.- Educación.
6.- Desarrollo de la economía.
7.- Bienestar social.
8.- Ciencia y Técnica.
9.- Deuda Pública.
2.- Defensa.
3.- Seguridad.
4.- Salud.
5.- Educación.
6.- Desarrollo de la economía.
7.- Bienestar social.
8.- Ciencia y Técnica.
9.- Deuda Pública.
Estos gastos pueden ser corrientes (u operativas)
cuando se destinan para el normal funcionamiento, o de capital cuando
contribuyen a aumentar el patrimonio público.
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